Resumen: La
administración tributaria avanza con la implementación de las facturas electrónica
para emprendedores o empresas que tengan ingresos de hasta 1 millón de balboas
al año y un volumen de facturación de 200 facturas mensuales.
Palabras claves: Facturador, Electrónico, Plataforma, Equipo Fiscal, Formulario.
Introducción: La facturación electrónica ha sido considerada como
un recurso revolucionario en los sistemas impositivos a nivel mundial y en Panamá,
por sus múltiples ventajas, entre éstas, ahorro significativo de dinero y la simplificación
de tareas.
Desarrollo
La facturación electrónica es el
nuevo método en Panamá que permite emitir y enviar documentos electrónicos en
formato XML que respalden las operaciones que involucren compras y ventas de
bienes y servicios.
Según el articulo 3 del decreto ejecutivo N° 147, (26
de mayo de 2021) el usuario emisor de factura electrónica en Panamá deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
1. Contar
con la debida excepción de uso de equipos fiscales.
2. Contar
con un certificado electrónico expedido por un prestador de servicios de facturación
ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica del Registro Publico de Panamá.
3. Estar registrado en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) ante la DGI.
4. Emitir
los documentos electrónicos bajo las especificaciones de la ficha técnica.
5. Contar
con los servicios de un Proveedor de Autorización Calificado (PAC), para
obtener la autorización de uso de sus documentos electrónicos.
6. Reportar debidamente los eventos posteriores relacionados a una factura electrónica.
Toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente
debe realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP)
de la Dirección General de Ingresos (DGI), a través del formulario de declaración
jurada de adopción, de igual manera cumplir con los parámetros establecidos en
el sistema, el cual esta disponible en la plataforma e-Tax 2.0 desde febrero
del año en curso.
Conclusión
En un mercado tan competitivo como
el actual, en el que hay que reinventarse de forma constante, es necesario
adoptar todas las herramientas electrónicas que nos ayuden a facilitar los
procesos y estrategias que brindan beneficios realmente notables a nivel de
costos y el resguardo de documentos e información de manera segura.
Referencias
Ley 256 del 26 de noviembre de 2021,
https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29424_B/GacetaNo_29424b_20211126.pdf
Decreto Ejecutivo N° 147 de 26
de mayo de 2021
https://dgi.mef.gob.pa/_7FacturaElectronica/pdf/Decreto%20147%20del%2026%20de%20mayo%20de%202021.pdf

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